auTICs

Informe de la ONU sobre la educación de las personas con discapacidad

Recientemente se ha hablado mucho del Informe de la investigación relacionada con España del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad donde se señalaba entre otras cosas, que en España se viola el derecho a la educación de los niños con discapacidad.

Sin embargo, creo que es muy importante no solamente ser consciente de la noticia que ha aparecido en infinidad de medios de comunicación y dirigirse directamente al informe para hacer una lectura detenida. Para ello he añadido al final de esta entrada dicho informe. El informe es. por decirlo de alguna manera, devastador. Considera que la educación de las personas con discapacidad es discriminatoria al mantener un “sistema paralelo” de educación especial para algunos de estos alumnos y alumnas. Es por todo ello, que la ONU insta a España a asegurar una educación inclusiva para todo el alumnado con discapacidad y acabar con “la segregación educativa de estudiantes con discapacidad, tanto en una unidad dentro de la misma escuela o en centros especiales”.

Aunque las 19 páginas de dicho informe son muy interesantes, voy a destacar dos apartados fundamentalmente: conclusiones y recomendaciones.

Conclusiones

  • El Comité observa que, pese a que las estadísticas disponibles indican un porcentaje alto de inclusión educativa de personas con discapacidad, se ha perpetuado un patrón estructural de exclusión y segregación educativa discriminatorio, basado en la discapacidad, a través de un modelo médico, que afecta desproporcionadamente y en especial a las personas con discapacidad intelectual o psicosocial y a las personas con discapacidad múltiple.
  • En el sistema educativo español no existe un reconocimiento generalizado del modelo de derechos humanos de la discapacidad y hay una falta de acceso a la educación inclusiva y de calidad para las personas con discapacidad. La inclusión se entiende entre una gran mayoría del personal docente como un principio, una tendencia o un método pedagógico y no como un derecho.
  • Estas prácticas se mantienen a pesar de su inconsistencia con la Convención y perpetúan un sistema discriminatorio de segregación de las personas con discapacidad. La trayectoria educativa las encierra en un sistema principalmente médico-rehabilitador, que limita o imposibilita su acceso a las herramientas que necesitan para una vida independiente en la comunidad y su contribución en el mundo social y laboral.
  • Los hallazgos de la investigación revelan la insuficiencia de las medidas adoptadas para promover la educación inclusiva de las personas con discapacidad, y la poca previsibilidad del sistema de promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad.
  • El Comité resalta que los casos de rechazo de las personas con discapacidad del sistema educativo general siguen causando un gran nivel de frustración, aislamiento y sufrimiento para las personas con discapacidad y sus familias, que afectan todos los niveles de su vida.
  • el Comité destaca que la denegación de la igualdad de derechos para las personas con discapacidad puede producirse deliberadamente, es decir, con la intención del Estado parte de cometer tales actos, o como resultado de leyes o políticas discriminatorias, con dicho propósito o sin él.
  • El Comité considera que un análisis integral del tema a nivel nacional y a nivel de cada una de las comunidades autónomas, con base en el cual establecer un plan de acción nacional elaborado en colaboración con las personas e instituciones concernidas permitiría abordar muchas de las violaciones resaltadas en el informe.
  • El Comité recuerda que para lograr de manera práctica la educación inclusiva, es necesaria una transferencia de recursos de los centros educativos especiales hacia el sistema educativo general, permitiendo el acceso del alumnado con discapacidad en condiciones de igualdad con el resto de estudiantes, recordando que la no discriminación incluye el derecho a no ser segregado y a ser proporcionado con ajuste razonable y debe entenderse como el deber de proporcionar ambientes de enseñanza accesibles y ajustes razonables.

Recomendaciones:

Entre todas destaco las siguientes:

  • Definir claramente la inclusión y sus objetivos específicos en cada nivel de enseñanza.
  • Contemplar la educación inclusiva como un derecho y no sólo como un principio y que todos los estudiantes con discapacidad tengan el derecho de acceso a las oportunidades de aprendizaje inclusivo en el sistema educativo general, sin importar sus características personales con acceso a los servicios de apoyo que se requieran.
  • Eliminar la excepción de la educación segregada en la legislación educativa, incluyendo la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización.
  • Incluir una cláusula de no rechazo para estudiantes por razones de discapacidad, estableciendo claramente que la denegación del ajuste razonable constituye discriminación.
  • Eliminar la segregación educativa de estudiantes con discapacidad, tanto en una unidad dentro de la misma escuela o en centros especiales.
  • Garantizar a las personas con discapacidad el derecho a ser oídas y tomar en cuenta sus opiniones a través de consultas efectivas con organizaciones que las representan, así como una perspectiva de edad y de género.
  • Aprobar el marco regulatorio necesario para la implementación efectiva de la legislación y la armonización del sistema educativo con la Convención en todos sus niveles, incluyendo en áreas como la elaboración de nuevos programas de formación para todo el personal docente, la disponibilidad de materiales escolares accesibles para todos, la transformación de los entornos educativos existentes en entornos incluyentes y accesibles, el fomento del traslado de los recursos de los entornos segregados a los inclusivos, y la provisión de apoyo adecuado a los estudiantes que lo requieran.
  • Impulsen actuaciones y medidas normativas y presupuestarias que garanticen el derecho a la educación inclusiva en términos acordes con la Convención.
  • Garanticen la admisión de los estudiantes con discapacidad en igualdad con los demás al sistema educativo general, sin que ésta dependa de los recursos o medios actuales de los mismos.
  • Adopten las medidas prácticas necesarias, incluido un plan del sector educativo con recursos humanos y financieros suficientes, para eliminar todos los obstáculos económicos y estructurales, y apoyar el proceso de implantación de un sistema de educación inclusivo con un punto de partida inicial, calendario y objetivos mesurables y medidas de supervisión y rectificación.
  • Adopten medidas de capacitación y formación profesional continuas obligatorias que preparen al personal docente a trabajar en entornos educativos inclusivos, incluyendo buenas prácticas en la respuesta a los requisitos individuales de los alumnos.
  • Garantizar los apoyos y recursos para los maestros, personal de apoyo y demás personal del sistema educativo.
  • Incrementar la toma de conciencia y las medidas para combatir la discriminación, los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas, incluidos el acoso escolar, contra las personas con discapacidad, y desarrollar respuestas acertadas que fomenten una actitud de respeto de sus derechos.
  • Fomentar la celeridad y accesibilidad en los procesos de denuncia y recursos legales en casos de discriminación con base en la discapacidad, incrementando el conocimiento de los estándares de la Convención entre los miembros del sistema judicial.
  • Vigilar que no se pueda perseguir penalmente a los padres de alumnos con discapacidad por el delito de abandono familiar por exigir el derecho de sus hijos a una educación inclusiva en igualdad de condiciones.
  • Desarrollar sistemas de evaluación y seguimiento de los progresos individualizados y con ajustes razonables.
  • Mejorar la recopilación de información y datos desglosados, incluyendo la elaboración de indicadores en colaboración con organizaciones representativas de personas con discapacidad.

Para finalizar, no voy a realizar ningún comentario sobre los puntos anteriores, si estoy o no de acuerdo, lo dejo a la reflexión de cada persona. Si queréis podéis añadir en comentarios vuestra opinión. Gracias.

Documentación:

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.